"El indiano me hablaba de Veracruz, más yo escuchaba al campesino que discutía con el mayoral sobre un crimen reciente. En los pinares de Duruelo, una joven vaquera había aparecido cosida a puñaladas y violada después de muerta. El campesino acusaba a un rico ganadero de Valdeavellano, preso por indicios en la cárcel de Soria, como autor indudable de tan bárbara fechoría, y desconfiaba de la justicia porque la víctima era pobre. En las pequeñas ciudades, las gentes se apasionan del juego y de la política, como en las grandes, del arte y de la pornografía -ocios de mercaderes-, pero en los campos sólo interesan las labores que reclaman la tierra y los crímenes de los hombres". La tierra de Alvargonzález, Antonio Machado. (1).
39.- Pueblo de Duruelo.
En esta entrada hablaré de unas cruces que conmemoran y recuerdan un luctuoso acontecimiento que se produjo en el término de Duruelo de la Sierra, a tres kilómetros del mismo, en su pinar, junto a la carretera y en el lugar denominado <Umbría> frente a la vuelta de las “Poyatas”.
Era el 18 de julio de 1910, Santa Marina la patrona del pueblo, fiesta en la ermita y baile en la plaza. Ese día fue cuando se cometió el crimen. El homicidio y profanación del cadáver de Gregoria de Miguel Ruiz, de 22 años.
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| Ermita de Santa Marina. Duruelo. |
Había salido Gregoria sobre las dos y media, hacia la Raya de Regumiel, a buscar unas vacas extraviadas de su hermano Guillermo; le acompañaba su sobrina Ana de Miguel, de 9 años de edad.
Regresaban al pueblo después de haber cumplido en parte su cometido, pues habían localizado algunas de ellas. Sobre las cinco se montaron en una carreta que conducían dos vecinos de Hontoria del Pinar. En el sitio llamado <Cueva de las Poyatas> oyó Gregoria el sonido de esquilas, posiblemente fueran del ganado que le faltaba. Se apeó para comprobarlo, mientras que su sobrina continuó, con los conductores de la carreta, su viaje hasta Duruelo.
María en vista de que no llegaba su hermana Gregoria salió en su búsqueda, dando voces que resultaron infructuosas. Regresó y se lo comentó a sus hermanos y al novio de la difunta, familiares y vecinos salieron al campo, sin localizarla. Las campanas tocaron <a perdidos>, sin resultado.
Noche negra, negra noche. Fue encontrada al día siguiente, sobre las seis de la mañana, por el chico Marcelino Bartolomé, el cadáver estaba en una zanja, boca abajo y cruzados los brazos, su cuerpo cubierto con brezos.
El juez municipal de Duruelo ordenó el levantamiento del cadáver, que fue llevado al depósito Judicial. Se le practicó la autopsia y al día siguiente se procedió a enterrar el cadáver.
Al cuerpo le infirieron con arma blanca, numerosas heridas en diversas partes, entre ellas una grave en la axila derecha y otra en el mismo lado y parte anterior del cuello que seccionó el paquete vascular y fue causa inmediata de la muerte de la Gregoria, la cual se oponía a realizar el acto carnal que se pretendía.
El único detenido fue Juan José Jiménez de la Ceña de 21 años, tratante de ganado, y natural de Sotillo del Rincón. Era hijo de Miguel Jiménez uno de los tres hermanos conocidos con el sobrenombre de los <Balbinos>. Se personó a la Guardia Civil el día 20 de julio de 1910 y por auto del Sr. Juez de Instrucción se decretó su procesamiento y encarcelación.
En el campo santo de Duruelo, flores de homenaje, y una cruz se colocó: <Aquí yacen los restos mortales de una mujer virtuosa y mártir>. Gregoria era huérfana, con cuatro hermanos: Jesús, Juan, Guillermo y María. Otras cruces de recuerdo se pondrían por los suyos.
Sin entrar en el desarrollo del proceso judicial, ni en la prueba testifical, la pericial, ni la documental, por exceder del contenido de esta entrada, fue un crimen que conmocionó a la provincia.
Hubo una división desde el principio de la opinión pública en dos bandos irreconciliables. O del lado o en contra del procesado. (2).
El papel de la prensa. En los periódicos locales de “La Verdad” con el republicano Benito Artigas Arpón y “El Ideal Numantino” a través del Abad Santiago Gómez Santacruz mantuvieron una acalorada polémica sobre el proceso, la justicia, y la culpabilidad e inocencia del procesado. La visualización del poder y la inmediatez culmina con la publicación de ambos libros, en el año 1911 y antes de la sentencia del juicio, por los anteriores protagonistas. (3).
.- Corría el mes de mayo de 1911, el sumario avanzaba en secreto, en el lugar del suceso una cruz, en un pino, da fe de la tragedia. Una inscripción grabada en ella, para que el viajero en esta generación y las futuras, recuerde el vandálico crimen. Dice así: “El 18 de julio de 1910 murió en defensa de su honra la mártir Gregoria de Miguel. Rogad a Dios por ella y odiad el crimen”.
El tiempo pasa, pero el recuerdo perdura. El pino creció, se fueron borrando las letras grabadas en negro sobre la cruz y se perdieron los brazos. Allí es donde aparecía grabado el nombre la mártir: Gregoria de Miguel.
El tiempo pasa, pero el recuerdo perdura. El pino fue necesario talarlo, cuando se hizo la carretera nueva. Sangre de la sangre, los familiares lo recogieron, trataron la madera y con respeto lo guardaron.
El tiempo pasa, transmisión oral entre los suyos y el recuerdo perdura. En el año 2010, centenario del asesinato; el día 18 de julio, día de su muerte; onomástica de Santa Marina, la pureza y el triunfo sobre la muerte; los familiares, sangre de la sangre, honran su memoria. Es la fiesta en el pueblo, celebraron misa por el eterno descanso de su alma y colocaron sobre la roca, al lado de donde se produjo su muerte, un pequeño túmulo.
Un monumento donde quedan resguardados, de las inclemencias meteorológicas, los restos de la cruz inicial. Se encuentra a mano derecha de la carretera CL-117, desde Duruelo de la Sierra a Regumiel de la Sierra, después de la recta y al bajar al Valle.
El juicio oral se celebró los días 12 y 13 de octubre de 1911, el veredicto del Jurado, formado por doce hombres, declaró la inculpabilidad de Juan José Jiménez de la Ceña en los hechos que se le imputaban, haber dado muerte a Gregoria de Miguel Ruiz. (4).
El día 14 se dictó sentencia, fue en consonancia con el veredicto de los jurados, decretando la libre absolución de Juan José Jiménez como presunto autor de la muerte de Gregoria de Miguel, declarando de oficio las costas y ordenando que Juan José Jiménez fuera puesto inmediatamente en libertad, esa misma noche del sábado 14 abandonó la cárcel.
Se presentó recurso de casación de sentencia por el letrado de la familia.
Delitos sin castigo, asesinato y violación, crimen impune, y él o los responsables sin identificar.
.- En octubre de 1911 y después de haberse celebrado el juicio, el periódico La Verdad nos informa de una segunda cruz: En la piedra a cuyo pie fue víctima de un crimen Gregoria de Miguel se colocará un día de estos una hermosa cruz de madera, donada por D. José S. Balduque. Mide 5 metros de altura, por dos los brazos.
En el anverso se lee: <El 18 de julio de 1910 fue vilmente asesinada Gregoria de Miguel Ruiz, por defender su honra al pie y detrás de la peña que sustenta esta Cruz. Dedicarle una oración que siempre llega a Dios.- D. E. P.> En el reverso : <Le dedica este recuerdo D. J. S. Balduque, médico de Duruelo. Año 1911.> A un lado del pie: <La hizo Juan Cruz Asenjo.>
Los descendientes de la Comarca de Pinares –Burgos y Soria-, de mayor edad, quizás podrán aportar noticias sobre esta segunda cruz, información que yo desconozco.
(1) Antonio Machado realizó una excursión a Pinares y las Lagunas de Urbión, en octubre de 1910, menos de tres meses después del crimen, viaje que inspiró parte del texto en prosa de La Tierra de Alvargonzález.
(2) El Noticiero de Soria. 27 de julio de 1910. Se hallan hoy en Soria numerosas Comisiones de los pueblos de Sotillo del Rincón, Aldehuela del Rincón y Villar del Ala, portando un escrito que lo suscriben más de cuatrocientas firmas, los cuales abonan por la intachable conducta del detenido y de la inocencia de este. Los cuatrocientos vecinos se ofrecen además con sus bienes y personas a responder de la libertad provisional del detenido.
La Verdad 16 de agosto de 1910. Exposición al Juzgado de Soria. <Como muestra de incondicional adhesión a la rectitud de V. I. en la cuestión que motiva este escrito; y de protesta enérgica para todos los que de algún modo hayan intentado o intenten cohibir la acción de la Justicia y desorientar la opinión pública con sus erróneas informaciones> Firmas de ciento treinta y un vecinos de Duruelo. Desacuerdo con las publicaciones principalmente de Ideal Numantino y Avisador Numantino. La información publicada por la Verdad, cuyo director señor Artigas, nos parece la más verosímil. Duruelo 4 de agosto de 1910.
(3) El libro de Duruelo, Soria, Imprenta Fermín Jodra, de Benito Artigas Arpón y posteriormente se publicó: El crimen de Duruelo y el proceso seguido contra J. José Jiménez. Relación documentada de los hechos y refutación de las falsedades que la ignorancia o la mala fe, han acumulado contra el detenido, por un amante de la justicia. Soria. Imprenta de Marcelo Reglero Pérez.
(4) El Veredicto del Jurado. Respuesta a las cinco preguntas que les fueron formuladas:
1ª Juan Jiménez de la Ceña, ¿es culpable de haber dado muerte a la joven de 22 años de edad, Gregoria de Miguel, cuyo hecho tuvo lugar en la tarde del 18 de julio de 1910 en el término de Duruelo, ... , habiéndole inferido con arma blanca, numerosas heridas en diversas partes del cuerpo, ..., la cual se oponía a realizar el acto carnal que aquel pretendía? NO.
2ªJuan José ¿es culpable de haber satisfecho sus deseos lúbricos consumando el coito con el cuerpo de Gregoria de Miguel una vez muerta esta? NO.
3ª ¿Ocurrió que el Juan José, consumó el coito con la joven Gregoria de Miguel antes de su muerte obligándola a ello mediante la agresión que en ella ejerció? NO.
4ª La Gregoria de Miguel, ¿Pudo defenderse dada su edad, complexión y circunstancias de no llevar armas, de la agresión de que fue objeto por parte de Juan José? NO.
5ª El lugar donde se realizaron los hechos a que las preguntas anteriores hacen referencia ¿era solitario y distante varios kilómetros de los pueblos más próximos? SI.















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